Código de conducta

Data Uruguay trabaja con una comunidad diversa para debatir, intercambiar, aprender y compartir. El siguiente Código de Conducta marca guías para garantizar el desarrollo de nuestro trabajo en un entorno en el que se mantenga el respeto y la seguridad de todas las personas.

1. Diversidad e inclusión

Data Uruguay da la bienvenida y alienta la participación de personas de todas las edades, culturas, etnias, identidades de género, orientaciones sexuales, idiomas, razas, nacionalidades y religiones.

Así, resultará inadmisible incurrir en alguna de las siguientes actividades:

●  Hostigar, acosar, amenazar a otras personas.

●  Infringir los derechos a la intimidad de otras personas.

●  Solicitar información personal identificable de otras personas participantes con el propósito de hostigar, atacar, explotar o violar su intimidad.

●  Publicar de manera intencionada o con conocimiento injurias o calumnias.

●  Publicar, con el propósito de engañar, contenido que es falso o inexacto.

●  Intentar usurpar la identidad de otras personas participantes, representando de manera falsa su afiliación con cualquier persona o entidad, o utilizar el nombre de otras personas participantes con el propósito de engañar.

●  Promover o defender afirmaciones con odio, fanatismo, xenofobia, racismo y/o violencia.

2. Trabajo libre de acoso

Data Uruguay un entorno libre de cualquier forma de acoso y se compromete a proteger y resguardar a quienes lo sufran independientemente de su género, identidad, orientación sexual, discapacidad, apariencia física, raza, etnia, edad o religión.

Así, resultará inadmisible incurrir en alguna de las siguientes actividades:

●      Reproducir imágenes sexualizadas en espacios compartidos, incluyendo charlas, talleres, fiestas, eventos o redes sociales.

●      Incurrir en acecho, intimidación deliberada, acoso fotográfico o grabación no autorizada.

●      Proponer contacto físico o atención sexual no deseados.

3. Protección contra la Explotación y el Abuso Sexual

Data Uruguay tiene una política de tolerancia cero a la explotación y abuso sexual de niños, niñas y adolescentes. En tal sentido, todas las personas que
presten servicios para la Organización, sea en calidad de dependientes, proveedores, consultores o subcontratistas, deberán procurar el más alto apego a la normativa nacional e internacional referida a la materia, así como también al presente código de conducta. Cualquier apartamiento al referido marco normativo será motivo de inmediata ruptura/cese del vínculo laboral.

Definiciones

A los efectos del presente documento, y en concordancia con las definiciones establecidas por la normativa nacional, la expresión “explotación sexual” se refiere a todo abuso cometido o amenaza de abuso en una situación de vulnerabilidad, de relación de fuerza desigual o de confianza, con propósitos sexuales, a los efectos, aunque sin estar exclusivamente limitado a ellos, de aprovecharse material, social o políticamente de la explotación sexual de otra persona. De modo análogo, la expresión “abuso sexual” se refiere a toda intrusión física cometida o amenaza de intrusión física de carácter sexual, ya sea por la fuerza, en condiciones de desigualdad o con coacción.

Principios

  1. La explotación y el abuso sexual y el abuso infantil por parte de empleados/as o personal contratatado son faltas graves de conducta y, por lo tanto, son motivos para el despido del empleo y/o terminación inmediata del contrato de trabajo.
  2. Las actividades sexuales llevadas a cabo con NNA (es decir, con personas menores de 18 años) están prohibidas, independientemente de la edad fijada para alcanzar la mayoría de edad o la edad de consentimiento. No puede aducirse como defensa una estimación errónea de la edad de un niño.
  3. Se prohíbe el intercambio de dinero, empleo, bienes o servicios por sexo, incluidos favores sexuales u otras formas de comportamiento humillante, degradante o de explotación por parte de los empleados/as o personal contratatado.
  4. Las relaciones sexuales entre quienes proporcionan asistencia y protección a los NNA, y las personas beneficiarias de dicha asistencia y protección, habida cuenta de que se basan en una dinámica de poder inherentemente desigual, están prohibidas.
  5. Cuando un empleados/as o personal contratatado tiene inquietudes o sospechas sobre el abuso o la explotación sexual por parte de un compañero/a de trabajo, debe informar inmediatamente dichas inquietudes a través de los mecanismos de denuncia establecidos por la organización.
  6. Los/as empleados/as o personal contratatado tienen la obligación de crear y mantener un entorno que permita prevenir la explotación y los abusos sexuales y promueva la aplicación de su código de conducta. El personal directivo en todos los niveles tiene la responsabilidad particular de apoyar y promover sistemas que permitan mantener ese tipo de entorno.

4. Informar sobre problemas

Ante cualquier incidencia como las citadas anteriormente se espera que se informe a la organización para detener y sancionar los comportamientos no alineados a los valores de la organización. Quienes violen estas reglas pueden recibir una sanción o la expulsión ​​de la organización.

Las vías para reportar comportamientos fuera de este código de conducta, son las siguientes:

  • Realizar un reporte en esta dirección conatcto@data.org.uy. En caso de hacerlo anónimamente no podremos hacer un seguimiento directamente contigo, dado que el reporte es anónimo, pero investigaremos y tomaremos las acciones necesarias.
  • Contactar a cualquier persona de la organización. Al tomar un informe personal, nuestro equipo se asegurará de que el reporte se realice en un lugar seguro en donde lo que se diga no pueda ser escuchado por terceras personas. Nos comprometemos a manejar el mayor respeto posible y anonimato en todos los casos recibidos.

La organización proveerá asistencia a las víctimas y asegurará las medidas para que se sientan seguras durante todo el proceso.

Otras vías de denuncias y asesoramiento:

  • Fiscalía General de la Nación cuenta con un número telefónico de asesoramiento disponible para víctimas y testigos: 091 507 531.
  • Ministerio del Interior, a través de sus unidades Especializadas de Violencia Basada en Género y Generaciones, también son receptoras de denuncias, y en caso de no existir en la localidad debe realizarse con el personal dedicado a la temática de violencia en la seccional.
  • El INAU recibe denuncias anónimas al teléfono 100, en la Dirección Departamental del INAU de todos los departamentos del interior del país, en las direcciones regionales de Montevideo y en el Centro de Estudio y Diagnóstico de Montevideo.

El contenido de este Código de Conducta podrá ser revisado y editado en base a sugerencias y aportes.